Micelio
Auto18 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Longas Londoño Humberto De Jesús·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica
  • Procede únicamente respecto del auto que rechaza la admisión de la demanda de inconstitucionalidad
Incidente De Nulidad
  • No es una nueva oportunidad procesal para reabrir debate jurídico
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad del Auto 990/23.

Para el actor, los motivos contenidos en el auto atacado no son legales, pues en su criterio, en el escrito de súplica se presentaron claramente las razones por las cuales la providencia de rechazo no era procedente.

De manera subsidiaria a la nulidad, pidió que se admitiera la demanda y que se suspendiera de forma provisional la Ley 2277 de 2022.

Por resultar manifiestamente improcedente la nulidad invocada, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZARLA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por manifiestamente improcedente la solicitud de nulidad presentada por el señor Humberto de Jesús Longas Londoño contra el Auto 990 del 25 de mayo de 2023.
  2. Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, NOTIFICAR por estado al demandante sobre el contenido de la presente decisión, sin perjuicio de su comunicación al correo electrónico longas@une.net.co.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.